Códigos de Red
Reglamentos Europeos publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea que regulan aspectos de conexión, operación y mercado eléctrico
Descripción
Los Códigos de Red Europeos (CdR) constituyen un conjunto de Reglamentos Europeos adoptados por la Unión Europea y que son de aplicación directa.
La necesidad de redacción de estos Códigos fue establecida en el Reglamento (CE) 714/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, relativo a las condiciones de acceso a la red para el comercio transfronterizo de electricidad. Según este Reglamento, los Códigos de Red Europeos contribuyen a la armonización, integración y eficiencia del mercado eléctrico europeo. Cada uno de ellos es además una pieza fundamental hacia la competitividad del mercado interno de la energía, y hacia el logro de los objetivos de la UE en dicha materia. Y cubren tres áreas principales:
Códigos de Red de Conexión: estableciendo los requisitos para las instalaciones de generación, demanda y HVDC que se conectan a la red.
Códigos de Red de Operación: estableciendo las reglas y procedimientos para la gestión de la red y la operación del sistema en situaciones de emergencia y reposición del servicio.
Códigos de Red de Mercado: sentando las bases para la creación del mercado interior de la electricidad en el ámbito del cálculo y la asignación de capacidad en los horizontes de largo plazo, diario e intradiario y en el funcionamiento de los mercados de balance eléctrico
Implementación Nacional
Todos los CdR anteriores dejan aspectos pendientes de definición en cada país mediante propuestas de los Gestores de Red de Transporte y/o Distribución (GRT y/o GRD).
En España, concretamente el proceso de implementación nacional de los Códigos de Red de Conexión se materializó mediante la aprobación de:
Dado que la aplicación de los requisitos a un Módulo de Generación de Electricidad (MGE) varía en función de sus características y su fecha de puesta en servicio, se facilita el siguiente flujograma para que cada generador identifique si éstos les son de aplicación total, parcial o nula.
Adicionalmente, y a fin de clarificar la información y documentación que deberán remitir los titulares de los MGE al GRD para solicitar las diferentes Notificaciones Operacionales exigidas por el Reglamento (UE) 2016/631, desde aelēc se elabora en noviembre de 2020 la «Guía explicativa de puesta en servicio para módulos de generación de electricidad conectados a la red de distribución. en el sistema eléctrico peninsular»* y en el mes de julio de 2021 la misma «Guía para módulos de generación de electricidad conectados a la red de distribución en sistemas eléctricos no peninsulares». Estas guías detallan todo el procedimiento de Notificaciones Operacionales recogido en la normativa -que abarca desde la energización de un MGE hasta su puesta en marcha definitiva u operación comercial de la misma- y la documentación requerida por el GRD para la emisión de las mismas.
Por último, también en el mes de noviembre de 2020, el GRT y los GRD publicaron las primeras versiones de las Normas Técnicas de Supervisión de la Conformidad (NTS) para que los titulares de los Módulos de Generación de Electricidad conectados a la red de distribución puedan solicitar la Notificación Operacional Definitiva (FON), tal y como está recogido en el Anexo IV.c del Real Decreto 647/2020. Las últimas versiones de estos documentos son las siguientes:
Para dudas o consultas sobre estas NTS y la legislación sobre la que se soporta, en aelēc hemos habilitado el siguiente buzón: ntsconsultas@aelec.es
*En actualización